LEGISLACIÓN SOBRE CARDIOPROTECCIÓN Y DESFIBRILADORES POR COMUNIDAD AUTÓNOMA

En 2009 el Gobierno español sentó las bases para la regulación de la presencia de DESA en el Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, que establece las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de estos equipos fuera del ámbito sanitario.
La normativa, vigente actualmente, pone en valor la importancia de la protección de la salud y cómo los desfibriladores pueden ayudar a salvar vidas en caso de paradas cardiorrespiratorias.
“En España, el uso de los DESA lo gestionan las CC.AA. Desgraciadamente, los primeros decretos fueron muy restrictivos con la implantación de desfibriladores, que son tan efectivos para tratar episodios de muerte súbita. Afortunadamente, los últimos decretos como el de Asturias, Cataluña y Madrid van en la buena dirección favoreciendo y fomentando el uso de DESA. Es un paso adelante, pero necesitamos más”
Pese a mostrar la importancia de estos equipos, la legislación no obligó a su incorporación en áreas muy frecuentadas, sino que dejó en manos de las CCAA el establecimiento de los requisitos para su uso, la promoción y la recomendación de su instalación, de acuerdo con las indicaciones de los organismos internacionales. Los lugares donde son más frecuentes y necesarios los desfibriladores son puntos como centros comerciales, aeropuertos o estaciones de viajeros.
En España, el uso y la normativa relacionada con desfibriladores están regidos por varias disposiciones legales y regulaciones. Aquí te proporciono un resumen de las normativas principales:
- Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo: Este decreto regula las condiciones técnicas y sanitarias mínimas que deben cumplir los desfibriladores y los centros y servicios médicos que los utilizan. Establece los requisitos para la formación del personal que maneja estos dispositivos y las instalaciones donde deben estar ubicados.
- Orden SPI/319/2011, de 1 de febrero: Esta orden desarrolla el Real Decreto 365/2009 y establece los requisitos mínimos para la instalación y utilización de desfibriladores automáticos externos (DEA) fuera del ámbito sanitario. Especifica lugares públicos y privados donde deben estar disponibles los desfibriladores y las condiciones de acceso público.
- Ley 10/2014, de 26 de junio: Conocida como "Ley de garantía de la unidad de mercado", esta ley regula la comercialización y utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos fuera del ámbito sanitario. Facilita su acceso y establece un marco para la formación en su uso.
- Normativa autonómica: Además de las normativas estatales, algunas comunidades autónomas en España pueden tener regulaciones específicas que complementan las leyes estatales. Es importante verificar las normativas locales para asegurar el cumplimiento total de las disposiciones legales.
Estas normativas están diseñadas para promover la disponibilidad y el uso adecuado de desfibriladores en lugares públicos y privados, con el objetivo de aumentar las tasas de supervivencia en casos de paro cardíaco repentino.
En grupo EASSAM estaremos encantados de asesorarle en esta materia
